lunes, 14 de septiembre de 2015

Antología parte uno

IMPRIMIR EL SIGUIENTE MATERIAL A EFECTO DE ANALIZARLO DURANTE LAS SIGUIENTES SESIONES. 


LEXICOLOGÍA JURÍDICA


1.    NOCIONES PRELIMINARES

1.1.        INTRODUCCIÓN GENERAL DEL CURSO  

Uno de los instrumentos más importantes del abogado y del jurista es el lenguaje, porque desde la antigüedad hasta el día de hoy, la expresión verbal, escrita y corporal ha sido el medio de comunicación, persuasión y argumentación en todos y cada uno de los ámbitos en que se desenvuelve. La actividad del abogado está determinada en buena medida por el vocabulario del derecho.  

1.2.        ETIMOLOGÍA

1.2.1.   LEXICOGRAFÍA
Compuesto moderno del vocablo griego, formado por el término léxico, que significa palabra o conjunto de palabras y graphein   que significa escribir o grabar, es entonces parte de la lingüística aplicada que estudia los principios teóricos que se aplican en la elaboración o confección de diccionarios.

1.2.2. LEXICOLOGÍA
La palabra lexicología proviene del griego formada de los vocablos lexicón que significa conjunto de palabras, y logos que significa tratado o estudio, y el sufijo ia usado para crear sustantivos que expresan una relación, o sea es la ciencia que estudia el vocabulario (conjunto de palabras) de un idioma o región.  

1.2.3.   LEXICOLOGIA JURIDICA
La lexicología jurídica es la ciencia que estudia la composición de las palabras legales, a saber de qué estas derivan del latín y algunas otras lenguas románicas, es por eso que la lexicología aplicada a las ciencias jurídicas se dedica a darle significados a los términos legales en su mayoría. El Derecho, en tanto que regula, y por tanto, condiciona, la vida y los intereses de los individuos, ha de emplear un lenguaje claro y concreto, perfectamente comprensible para la gran mayoría de los miembros de la sociedad. La realidad, sin embargo, suele por lo general ser bien distinta. Se diría que uno de los requerimientos de la seguridad jurídica habría de ser la concomitancia entre el lenguaje del Derecho y el empleado por la sociedad en el que es aplicado, pero no es el caso.

1.3.        IMPORTANCIA DE LA TERMINOLOGÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA
Es evidente que la base de toda forma de expresión es el lenguaje común, pero en la medida en que el hombre va desarrollando la ciencia y la técnica requiere usar el lenguaje de una manera más exacta,  aunque partiendo de la misma base del idioma común. Es evidente, que cuando se crea una nueva materia, ésta debe de tener sus propios términos y lenguajes, lo cual tiene como finalidad darse a entender ante los hablantes de acuerdo a su especialidad. Asimismo, se considera que la literatura jurídica se encuentra vinculada de forma directa o indirecta con el quehacer técnico-científico de los juristas.
El conocimiento científico, a diferencia del conocimiento vulgar, común u ordinario, es objetivo, metódico, sistemático, preciso y general. Por esta razón, requiere crear una terminología adecuada a sus características, que sea tan precisa como exacta para permitir  y favorecer la comunicación entre especialistas de una rama del saber que necesita lograr un entendimiento común.
 Si  los términos empleados por la ciencia y la técnica estuvieran  sujetos a la interpretación, la cual genera ambigüedades y connotaciones personales frecuentes en el lenguaje ordinario, entonces, la comunicación entre científicos resultaría imposible, a tal grado que la ciencia y la técnica quedarían sujetas a la inestabilidad e imprecisión. Por ello, en su evolución y desarrollo, la ciencia y  la técnica  han creado  su propia terminología  y aunque utilizan   los mismo vocablos del lenguaje ordinario, éstos adquieren, en el ámbito científico y técnico, significados precisos   estables, pero también diferentes a los del lenguaje  ordinario.
El lenguaje técnico-científico presenta ciertos rasgos fonéticos, morfosintácticos y semánticos  característicos. Además, requiere de un cierto léxico especializado, derivado de que cada una de las materias  o ramas del saber o especialidad demanda  un lenguaje  o subsistema de lenguaje propio.
Siendo el lenguaje científico producto de la ciencia  misma, se pueden percibir ciertas características derivadas del conocimiento científico. En este principio podemos señalar las siguientes:
·         Se refiere a la realidad u objetos, conceptos, hechos, sucesos y acciones precisas; por este motivo, debe estar, en la medida de lo posible, desprovisto de subjetividad, apreciaciones  o sentimientos personales, por lo tanto es objetivo.
·         En virtud de la exactitud que requiere, busca siempre precisión entre los significantes y los significados. No da lugar a varios sentidos o interpretaciones, evita ambigüedades en su significado, por lo tanto es exacto.
·         Tiende a ser universal, pues sólo de esta manera garantiza la comunicación entre especialidades. Sus términos son permanentes porque, si no fuera así, quedaría al vaivén de los hablantes.
·         Dados los requerimientos de comunicación entre especialidades y por la necesidad de divulgación universal, busca una terminología fija, no sujeta a modificaciones de los distintos hablantes, como sucede con las lenguas vivas. Por ello, emplea de manera profusa las raíces grecolatinas  para construir su léxico. Esto es lo que algunos autores denominan internacionalidad del lenguaje científico.
·         Otro rasgo importante es que el término técnico o científico es monosémico, es decir,  tiene un solo significado.
Los vocablos derivados del latín y el griego, independientemente del idioma que se hable, coinciden o guardan   un gran  parecido en casi todos los idiomas, como ocurre como por ejemplo, en los términos médicos.
A través del conocimiento científico se da una terminología adecuada debido a que es importante que se precise de forma exacta la comunicación que usan los especialistas, por ello, la ciencia y la técnica en su evolución y desarrollo, han creado  su propia terminología  y aunque utilizan   los mismo vocablos del lenguaje ordinario, éstos adquieren, en el ámbito científico y técnico, significados precisos   estables, pero también diferentes a los del lenguaje  ordinario. Este tipo de lenguaje, es decir, el técnico-científico presenta ciertos rasgos fonéticos, morfosintácticos y semánticos  característicos.
1.4.        TERMINOLOGÍA JURÍDICA
La terminología es el conjunto de conceptos y sus representaciones en un determinado campo de saber. Como disciplina, da cuenta de la manera como se estructura el conocimiento especializado en unidades conceptuales y denominativas que forman parte de un sistema de expresión y facilitan un determinado tipo de comunicación. La terminología jurídica es entonces, el conjunto de conceptos que estructuran los términos legales.

1.5.        Definición de diccionario, thesaurus, enciclopedia y glosario.
 De acuerdo a la RAE
-       Diccionario: (Del b. lat. dictionarium). Libro en el que se recogen y explican de forma ordenada voces de una o más lenguas, de una ciencia o de una materia determinada.
-       Thesaurus: es la lista de palabras o términos controlados empleados para representar conceptos. Proviene del latín thesaurus (‘tesoro’), y este a su vez del griego clásico thēsaurós (θησαυρός, ‘almacén’, ‘tesorería’). Es utilizado en literatura como thesaurus, thesauri o tesoro para referirse a los diccionarios,
-       Enciclopedia: (Del gr. ἐν, en, κύκλος, círculo, y παιδεία, instrucción). Conjunto de todas las ciencias; Obra en que se trata de muchas ciencias; Conjunto de tratados pertenecientes a diversas ciencias o artes.
-       Glosario: (Del lat. glossarĭum). Catálogo de palabras oscuras o desusadas, con definición o explicación de cada una de ellas; Catálogo de palabras de una misma disciplina, de un mismo campo de estudio, etc., definidas o comentadas; Conjunto de glosas o comentarios, normalmente sobre textos de un mismo autor.



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